El Gobierno nacional reglamentó la medida que habilita a cobrar las prestaciones médicas brindadas a extranjeros que no tengan residencia en Argentina y sean atendidos en hospitales públicos administrados por el Estado Nacional. La disposición fue oficializada por el Ministerio de Salud, a cargo de Mario Lugones, y forma parte de la reforma migratoria impulsada por el Ejecutivo.
La nueva normativa establece una diferencia entre residentes permanentes y extranjeros no residentes. Quienes tengan residencia permanente conservarán el mismo acceso al sistema de salud nacional que los argentinos y deberán acreditar su situación migratoria mediante el DNI.
En el caso de los extranjeros no residentes, la atención podrá gestionarse bajo distintas modalidades. Si el paciente cuenta con un seguro médico, el hospital podrá reclamar a la compañía aseguradora el costo correspondiente a la prestación realizada.
Por otro lado, quienes no tengan cobertura deberán afrontar el pago de la atención médica recibida. La medida busca establecer un mecanismo para recuperar los costos de las prestaciones brindadas a personas que no cuentan con residencia en el país, mientras que los residentes permanentes mantienen el acceso al sistema en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos.
